
INICIATIVA VECIÑAL CABANESA
- JUAN Mª CAMPOS VILAR
- Cabanas, A Coruña, Spain
- CONCELLEIRO PORTAVOZ DE I_V_C NO CONCELLO DE CABANAS
sábado, 10 de octubre de 2009
lunes, 1 de junio de 2009
lunes, 13 de abril de 2009
El beneficio de los cementerios vecinales
Sin duda y aunque la ley de las haciendas locales no reconoce los servicios de enterramiento que prestan las sociedades como obras benéficas, la ley debería contemplar la exención del impuesto para esta onerosa labor trasmitida de padres a hijos.
en su día la construcción de las instalaciones, y sus nichos fueron legitimados, y su uso ampliamente respaldado y reconocido por todas las religiones y personas no creyentes. Y es por eso que la capitalización de sus instalaciones no debería entenderse como una transformación tasable del suelo ni debe deducirse impuesto por el uso o disfrute que los distintos servicios ofrecen a la sociedad en su conjunto.
Por otra parte debemos tener en cuenta que el ayuntamiento fue informado puntualmente en la elaboración de la ponencia de valores, y que la inexistencia de una intermediación municipal entre las directivas vecinales y la gerencia catastral provocó que en junio de 2008 se alcanzasen unas valoraciones desproporcionadas e injustas. Motivo por el que a nuestro humilde entender procede reunir a las sociedades y abordar alternativas que conlleven a la eliminación del impuesto para este tipo de sociedades, entre otras valoraciones del suelo a revisar.
En Cabanas a 13 de abril de 2009.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)
